Materiales Jurídicos Alrededor de la Violencia Hacia las Mujeres

Materiales Jurídicos Alrededor de la Violencia Hacia las Mujeres

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Prepárate para comprender los modelos constitucionales modernos y la situación de los derechos humanos en el siglo XXI. Identificarás los elementos fundamentales de temas como la interpretación constitucional, la argumentación jurídica, el derecho internacional de los derechos humanos, los medios de protección y garantía de los derechos y las bases del estado constitucional.

Desde hace décadas, el Estado Mexicano se ha encontrado dentro de los países en América Latina con mayor índice de muertes violentas de mujeres. A nivel regional, ha sido condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en tres ocasiones por violencia y discriminación contra la mujer, siendo el Estado que proporcionalmente tiene más condenas ante dicho tribunal en estos temas.

Igualmente, existen informes tanto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como de la Organización de las Naciones Unidas, en relación con la violencia y discriminación contra las mujeres, así como la impunidad respectiva en México.

Aunque ha habido avances en materia tanto legislativa como institucional, aún falta mucho por trabajar para lograr que las mujeres puedan vivir en un país libre de violencia, donde sus derechos sean respetados y garantizados.

Materiales Jurídicos Alrededor de la Violencia Hacia las Mujeres

Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer

La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, (CEDAW por sus siglas en inglés), adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en 1979, es un tratado internacional de derechos humanos que protege los derechos y libertades fundamentales de las mujeres. Además, protege los derechos de las niñas encaminados a la protección de su dignidad y bienestar e igualdad; orientando a los estados para el desarrollo de políticas públicas encaminadas a estos fines.

Este tratado internacional fue firmado por México en 1980 y ratificado el 23 de marzo de 1981.

Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar Y Erradicar La Violencia Contra La Mujer “Convención De Belem Do Para”

A nivel regional, específicamente en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, entre el catalogo de tratados internaciones de derechos humanos se encuentra la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar Y Erradicar La Violencia Contra La Mujer, también conocida como la “Convención De Belem Do Para”.

En ella, se establece el desarrollo de mecanismos de protección, promoción y defensa de los derechos de las mujeres como fundamentales, esto para combatir el fenómeno de la violencia en contra de su integridad física, sexual y psicológica. Dentro de su contenido, define la violencia contra la mujer como una violación de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.

La Convención fue creada por la Comisión Interamericana de Mujeres de la Organización de los Estados Americanos. Entró en vigor el 28 de marzo de 1996 y ha sido ratificada por 32 de los 35 miembros de la OEA con excepción de Cuba, Canadá y Estados Unidos.

Caso González y otras (Campo Algodonero) vs. México

Una de las sentencias más relevantes emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra México fue la emitida el 16 de noviembre de 2009, sentencia donde se hace hincapié sobre la responsabilidad internacional del Estado mexicano por la falta de diligencia en las investigaciones relacionadas a la desaparición y posterior homicidio de Laura Berenice Ramos Monárrez, de 17 años; Claudia Ivette González, de 20 años y Esmeralda Herrera Monreal, de 15 años, el Caso González y otras (Campo Algodonero) vs. México.

Los hechos de este caso se dan en un contexto generalizado de violencia y discriminación contra las mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua. A partir de 1993 se presenta un significativo aumento de homicidios de mujeres en Ciudad Juárez relacionados con violencia sexual.

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia es una ley que tiene por objetivo establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación.

Entre su contenido destaca lo siguiente:

  • Contiene los principios rectores para el acceso de todas las mujeres a una vida libre de violencia.
  • Define conceptos fundamentales como la violencia contra las mujeres, derechos humanos de las mujeres, perspectiva de género, empoderamiento de las mujeres y misoginia.
  • Define los tipos de violencia, psicológica, física, económica, patrimonial y sexual.
  • Menciona los ámbitos de la vida en que están siendo violentadas las mujeres, definiendo violencia por modalidades: violencia familiar, laboral y docente, comunitaria y violencia institucional.
  • Define el hostigamiento, el acoso sexual y la violencia feminicida, a partir de la cual se tipifica el feminicidio.
  • Incluye la Alerta de violencia de género como el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad.

Amparo en Revisión 554/2013

El 25 de marzo de 2015, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la sentencia en relación con la investigación de la muerte violenta de Mariana Lima Buendía; esta sentencia destaca por ser el primer pronunciamiento de este tribunal relacionado con el fenómeno de feminicidio.

El caso hace referencia a los hechos sucedidos el 29 de junio de 2010, fecha en que fue encontrado sin vida el cuerpo de Mariana Lima Buendía, pasante en derecho y ama de casa de 29 años de edad. Su cuerpo fue encontrado en la casa donde vivía con su esposo, un policía ministerial, en Chimalhuacán, Estado de México. Durante la investigación, el Ministerio Público decidió no ejercer la acción penal pues determinó que la causa de la muerte fue suicidio. Inconforme, la madre de la víctima promovió un amparo contra la Procuraduría General de Justicia de la entidad.

Amparo en Revisión 1284/2015

Los hechos se desarrollan en San Luis Potosí, en fecha 28 de octubre del 2012, donde Karla Pontigo, una mujer de 22 años de edad que se encontraba trabajando como animadora en el un centro nocturno. Posteriormente, su hermano recibió una llamada telefónica donde le informaron que su hermana había sufrido un accidente que posteriormente, después de diversas cirugías le causó la muerte.

La autopsia reveló que presentaba heridas genitales, muestra de una posible agresión sexual. El gerente del lugar fue acusado de homicidio culposo, sin ningún agravante.

En esta resolución, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó el alcance de la obligación de realizar una investigación diligente, exhaustiva e imparcial de los delitos, en particular cuando se trata de casos de violencia contra la mujer.


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El Sistema Interamericano de Derechos Humanos es el marco de promoción y protección de los derechos de todas las personas en la región de las Américas. Integrado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la jurisprudencia y los estándares interamericanos tienen un impacto directo en el sistema jurídico mexicano y en la labor de los abogados y autoridades.

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