En México existe una enorme distancia entre los delitos que ocurren y aquellos que llegan a ser conocidos formalmente por las instituciones de procuración de justicia. Esa brecha constituye uno de los problemas más graves del sistema penal, porque impide investigar los hechos, proteger adecuadamente a las víctimas, reparar los daños e identificar a las personas responsables.
Los resultados de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2025, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, permiten dimensionar el problema. El INEGI estima que durante 2024 ocurrieron en el país 33.5 millones de delitos. Sin embargo, únicamente 6.8 % de esos hechos generó una carpeta de investigación.
Dicho de otra manera: de cada 100 delitos ocurridos, aproximadamente 93 quedaron fuera del conocimiento efectivo de las instituciones encargadas de investigarlos.
La ruta institucional del delito
Para comprender correctamente las cifras conviene distinguir las diferentes etapas que debe recorrer un hecho delictivo.

La primera etapa es la comisión del delito. La segunda es su conocimiento por parte de la víctima. La tercera es la decisión de denunciar. Después corresponde a la autoridad recibir la denuncia e iniciar una carpeta de investigación. Posteriormente deben desarrollarse los actos de investigación necesarios y, cuando existen datos suficientes, judicializar el asunto. Finalmente, el caso puede llegar ante un órgano jurisdiccional y concluir mediante alguna forma anticipada o por medio de una sentencia.
La mayor parte de los delitos ocurridos en México no supera las primeras etapas de este recorrido.
Según la ENVIPE 2025, de los 33.5 millones de delitos estimados para 2024:
- 90.4 % no fue denunciado.
- 9.6 % fue denunciado.
- En 2.8 % del total de delitos hubo denuncia, pero no se inició una carpeta de investigación.
- Solamente 6.8 % generó una carpeta de investigación.
- La cifra oculta o cifra negra alcanzó 93.2 %.
La cifra negra, por tanto, no se integra únicamente con los delitos que las víctimas decidieron no denunciar. También comprende aquellos que fueron denunciados, pero respecto de los cuales no se abrió una carpeta, así como los casos en los que no fue posible especificar si se presentó la denuncia o si se inició formalmente una investigación.
De 33.5 millones de delitos a 3.2 millones de denuncias
El primer gran filtro se encuentra en la denuncia. De los 33.5 millones de delitos estimados, solamente alrededor de 3.2 millones fueron denunciados.
Esto significa que la inmensa mayoría de los hechos delictivos no aparece en las estadísticas administrativas de las fiscalías. Las carpetas de investigación y los registros del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública son indispensables para conocer la actividad institucional, pero no reflejan por sí solos la totalidad de la criminalidad.
Si en una entidad federativa disminuye el número de carpetas iniciadas, ello no demuestra necesariamente que hayan ocurrido menos delitos. También puede significar que las víctimas denunciaron menos, encontraron mayores obstáculos institucionales o perdieron confianza en la autoridad.
Por eso es necesario analizar conjuntamente las encuestas de victimización y los registros administrativos. Las primeras estiman los hechos sufridos por la población; los segundos muestran solamente aquellos que ingresaron al sistema formal.
Denunciar no garantiza que se investigue
El segundo filtro aparece después de la denuncia. El INEGI estima que, de los 3.2 millones de delitos denunciados, en 70.5 % se inició una carpeta de investigación. En el restante 29.5 % no se inició o no pudo especificarse su apertura.
Desde una perspectiva jurídica, el dato es especialmente preocupante. Presentar una denuncia debería activar las obligaciones constitucionales y legales de las autoridades encargadas de la investigación. Sin embargo, una parte relevante de los hechos denunciados no se transforma en una carpeta formal.

Esto obliga a revisar las prácticas de recepción de denuncias, la clasificación inicial de los hechos y la información que se proporciona a las víctimas. La autoridad no debería desalentar la denuncia, exigir requisitos no previstos por la ley o negar indebidamente el inicio de una investigación.
Para las y los abogados, esta etapa representa un espacio fundamental de intervención profesional. La asesoría jurídica no debe comenzar solamente cuando el caso ha sido judicializado. Es necesaria desde el primer contacto de la víctima con el Ministerio Público.
Una denuncia adecuadamente preparada debe contener una narración clara, cronológica y jurídicamente relevante de los hechos; identificar, cuando sea posible, a las personas involucradas; precisar circunstancias de tiempo, modo y lugar; señalar los datos de prueba disponibles, y solicitar las medidas urgentes de protección, investigación y preservación de evidencia que resulten procedentes.
¿Por qué las víctimas no denuncian?
La ENVIPE encontró que 63 % de las razones expresadas para no denunciar fue atribuible a la autoridad. Entre las principales causas se encuentran:
- Considerar la denuncia una pérdida de tiempo.
- Desconfiar de la autoridad.
- Anticipar trámites largos y difíciles.
- Haber experimentado o temer una actitud hostil.
- Tener miedo de sufrir alguna extorsión.
La pérdida de tiempo fue la causa atribuible a la autoridad mencionada con mayor frecuencia. Le siguieron la desconfianza institucional y la percepción de que los trámites son excesivamente largos o complicados.
Estos resultados muestran que la cifra negra no puede explicarse únicamente por apatía o desinterés de las víctimas. En muchos casos, no denunciar es una decisión racional frente a un sistema percibido como lento, costoso, hostil o incapaz de producir resultados.
También existen razones relacionadas con las características del delito o la situación de la víctima, como considerar que el hecho tuvo poca importancia, no contar con pruebas o tener miedo de la persona agresora. El INEGI identificó que no disponer de pruebas y temer al agresor fueron motivos significativamente más frecuentes entre las mujeres.
Este último dato exige incorporar una perspectiva de género. En delitos sexuales, violencia familiar, amenazas o agresiones cometidas por personas cercanas, la denuncia puede representar un riesgo adicional para la víctima. El sistema debe ofrecer medidas de protección inmediatas, atención especializada, confidencialidad y condiciones que eviten la revictimización.
Solo 0.8 % obtuvo un resultado favorable ante el Ministerio Público
La ENVIPE también informa que solamente 0.8 % de los 33.5 millones de delitos estimados obtuvo una resolución favorable en el Ministerio Público.
Para efectos de la encuesta, se considera favorable que la víctima haya recuperado sus bienes, que la persona responsable fuera puesta a disposición judicial, que existiera reparación del daño o que se otorgara el perdón.
Este indicador debe interpretarse con precisión. No significa que 0.8 % de los delitos haya terminado en sentencia condenatoria. Tampoco constituye, por sí solo, una tasa completa de impunidad judicial. Se refiere al resultado que las personas encuestadas identificaron respecto de la carpeta en el ámbito del Ministerio Público.
Aun con esa limitación, la cifra muestra la reducida capacidad del sistema para producir una respuesta institucional favorable desde la perspectiva de la víctima.
El problema no se encuentra solamente al final del procedimiento penal. La pérdida de casos comienza antes de la denuncia, continúa cuando no se inicia la carpeta y se profundiza durante investigaciones que permanecen en trámite o no producen resultados perceptibles.
Lo que estos datos significan para la abogacía
La dimensión de la cifra negra obliga a reconsiderar el papel de las y los abogados en el sistema penal. La defensa de los derechos de las víctimas requiere una intervención temprana, técnica y constante.

Entre las tareas profesionales más importantes se encuentran:
- Orientar a la víctima antes de presentar la denuncia. Es necesario explicarle las etapas del procedimiento, sus derechos, los riesgos existentes y las medidas de protección disponibles.
- Preparar técnicamente la denuncia. Una narración ordenada y la identificación inicial de datos de prueba pueden facilitar la comprensión del caso y orientar los primeros actos de investigación.
- Preservar evidencia. Mensajes, documentos, fotografías, grabaciones, registros electrónicos, comprobantes y datos de localización pueden perderse si no se conservan oportunamente.
- Dar seguimiento a la carpeta. La asesoría jurídica comprende solicitar diligencias, aportar datos, consultar las actuaciones, vigilar los plazos y exigir información comprensible sobre el estado de la investigación.
- Reaccionar frente a las omisiones. Cuando la autoridad se niega injustificadamente a investigar, demora las actuaciones o adopta una determinación que afecta los derechos de la víctima, deben analizarse los mecanismos de control previstos por la legislación procesal y, en su caso, la procedencia del juicio de amparo.
- Solicitar protección y reparación. El acompañamiento debe procurar la seguridad de la víctima, la restitución de sus derechos y una reparación integral, no solamente la imposición de una pena.
- Evitar la revictimización. La actuación jurídica debe tomar en cuenta las condiciones personales, sociales y económicas de quien denuncia, así como posibles situaciones de discapacidad, dependencia, discriminación o violencia de género.
Consecuencias para la enseñanza del derecho penal
Las cifras también deben modificar la manera en que se enseña el procedimiento penal. Con frecuencia, los programas académicos concentran su atención en la audiencia inicial, la vinculación a proceso, la etapa intermedia y el juicio oral. Estas fases son importantes, pero corresponden a una proporción muy reducida del universo real de delitos.
Si solo 6.8 % de los hechos genera una carpeta de investigación, la formación jurídica debe estudiar con mayor profundidad todo lo que sucede antes de la judicialización.
Las y los estudiantes necesitan aprender a entrevistar a una víctima, redactar una denuncia, construir una cronología, identificar datos de prueba, solicitar medidas de protección, formular peticiones de investigación y documentar las omisiones ministeriales. También deben comprender los derechos reconocidos a las víctimas por la Constitución y el Código Nacional de Procedimientos Penales.
La enseñanza debe mostrar el procedimiento penal como un sistema de decisiones y filtros. Un buen litigante necesita saber actuar en los tribunales, pero también debe ser capaz de conseguir que un hecho sea recibido, registrado, investigado y, cuando corresponda, llevado ante un juez.
Una agenda mínima para reducir la cifra negra
La reducción de la cifra negra requiere medidas institucionales verificables. Entre las prioridades deberían encontrarse:
- Simplificar y digitalizar la presentación de denuncias.
- Eliminar requisitos indebidos y prácticas disuasorias.
- Reducir los tiempos de espera en las agencias del Ministerio Público.
- Informar con claridad a las víctimas sobre sus derechos.
- Fortalecer las unidades de atención temprana y asesoría jurídica.
- Crear canales efectivos de denuncia para personas en situación de vulnerabilidad.
- Mejorar la coordinación entre fiscalías, policías de investigación y servicios periciales.
- Establecer sistemas de seguimiento que permitan a la víctima conocer el estado de su carpeta.
- Evaluar a las fiscalías mediante resultados sustantivos y no solamente por el número de carpetas iniciadas o archivadas.
- Medir regularmente la satisfacción de las personas usuarias.
El objetivo no debe ser aumentar artificialmente el número de carpetas, sino conseguir que toda denuncia sea recibida correctamente, que cada investigación cuente con una estrategia y que las víctimas obtengan una respuesta oportuna y fundada.

Conclusión
La cifra negra de 93.2 % revela una desconexión estructural entre la criminalidad experimentada por la población y la actividad formal del sistema penal. La mayoría de los delitos no se denuncia; una parte de los denunciados no genera una carpeta, y únicamente una fracción mínima produce un resultado favorable ante el Ministerio Público.
Estas cifras no permiten afirmar, por sí solas, que 99.2 % de los delitos quede judicialmente impune. Pero sí demuestran que el acceso efectivo a la investigación penal es excepcional.
El primer desafío del sistema de justicia no consiste únicamente en mejorar los juicios orales. Consiste en conseguir que las víctimas puedan denunciar sin obstáculos, que las denuncias se conviertan en investigaciones auténticas y que las carpetas produzcan respuestas verificables.
Para la abogacía mexicana, esa realidad representa una responsabilidad y, al mismo tiempo, un amplio campo de especialización profesional. Defender a una víctima comienza mucho antes de llegar ante un juez.
Fuentes y nota metodológica
Los datos proceden de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2025, elaborada por el INEGI. La información sobre victimización corresponde al periodo comprendido entre enero y diciembre de 2024. Las entrevistas se realizaron entre marzo y abril de 2025 en una muestra probabilística de 102,076 viviendas.
La ENVIPE genera estimaciones sobre la población de 18 años y más residente en viviendas particulares. Sus resultados están sujetos a errores muestrales y de recuerdo. No abarcan por sí solos toda la criminalidad del país ni sustituyen las estadísticas sobre delitos contra empresas, delincuencia organizada u otros fenómenos de difícil captación mediante encuestas domiciliarias.
La resolución favorable de 0.8 % se refiere a resultados identificados en el ámbito del Ministerio Público y no equivale necesariamente a una sentencia condenatoria.
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