La Suprema Corte como contrapeso

La Suprema Corte como contrapeso

La Suprema Corte como contrapeso

La Maestría en Derecho Constitucional y Derechos Humanos, del Centro de Estudios Jurídicos Carbonell, se diseñó bajo una metodología práctica que promueve el conocimiento de temas como la argumentación jurídica e interpretación constitucional, el derecho internacional de los derechos humanos, los medios de protección y garantía de los derechos, y el núcleo del Estado Constitucional de Derecho. La formación jurídica que tendrán los alumnos será sólida y sistemática en relación la evolución, comprensión y aplicación del derecho constitucional. 

Miguel Carbonell *

Abogado – Profesor – Escritor – Especialista en Derecho Constitucional

Arrecian los ataques contra la Suprema Corte desde el entorno de la presidencia de la República. Tanto en voz del propio Presidente como a través de las cuentas oficiales de distintos organismos públicos en redes sociales, se habla de “excesivos privilegios” de Ministras y Ministros, entre otros extravíos comunicativos. Los legisladores del partido en el poder se apresuran a quedar bien con su líder moral y presentan iniciativas en ambas Cámaras del Congreso de la Unión para dar forma a la lamentable ocurrencia de que los integrantes de la Corte sean electos por voto popular.

© Centro Carbonell Online

En el colmo de la estulticia se habla incluso de “obradorizar” el Poder Judicial. No está claro lo que eso signifique. Quizá implique que las personas que se encargan de juzgar y decidir sobre las libertades y derechos de los demás hayan terminado la carrera en un vergonzante plazo de 14 años y con menos de 7,5 de promedio. O tal vez se alude a la escasez de capacidades argumentativas y desde luego oratorias que observamos cada mañana. O, en fin, podría pensarse que esa expresión implica que el perfil idóneo para ser una persona juzgadora supone que se asuman desplantes autoritarios en sus procesos de toma de decisiones y se dediquen día tras día a criticar a todo aquel que no piense como ellos.

En todo caso habrá que preguntarle al autor de la desafortunada expresión lo que quiso decir; como muestra de una actitud propia de un lacayo, habría que felicitarlo y ponerle una gran medalla a la obediencia incondicional. Como expresión de compromiso democrático y de comprensión de lo que significa vivir en una democracia constitucional, el individuo en cuestión estaría claramente reprobado.

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Lo cierto es que un gobierno con credenciales democráticas valoraría tener un contrapeso judicial que estuviera pendiente y atento para señalar aquellos actos que pudieran estar fuera del marco constitucional. El Presidente podría ver en la Corte a una institución aliada en el combate a fondo contra la corrupción o incluso como un sistema de alerta para detectar a aquellos servidores públicos que no están haciendo bien su trabajo. En vez de criticarlos, habría que asumir que los integrantes de nuestro tribunal constitucional colaboran en la construcción de un mejor país, a través de la defensa de los derechos humanos y de la división de poderes.

Es evidente que esa defensa requiere de ejercicios que no necesariamente están alineados con lo que se pregona desde los órganos políticos, emanados de contiendas electorales en las que fueron directamente elegidos. Por eso se dice que la justicia constitucional tiene un carácter “contramayoritario”: no tiene que complacer a ninguna mayoría política y tampoco a la opinión pública. Su parámetro de actuación consiste en aplicar el orden jurídico, con independencia de que esa aplicación sea o no del gusto popular. Por eso es que no es racional someter sus nombramientos a la ruta tan azarosa y cuestionable de los procesos electorales directos. Eso es apropiado para quienes ejercen una representación popular, no para quienes integran órganos de garantía de los derechos de todas las personas.

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Lo ideal es que a la Suprema Corte lleguen las personas que tengan un dominio amplio de las técnicas jurídicas, que hayan demostrado un profundo conocimiento de la argumentación jurídica, que estén comprometidas con la defensa de los derechos humanos y que estén dispuestas a ejercer el cargo bajo permanentes presiones de las partes involucradas, al saber que se estarán tomando decisiones que por regla general serán definitivas para resolver un caso concreto. Se trata de características que no interesan en los procesos electorales y que no se pueden determinar en el marco de la parafernalia de una campaña.

Los países más desarrollados suelen tener diversos mecanismos de control de los actos del poder. Los tribunales constitucionales son un buen ejemplo, aunque no el único. Hay otras instituciones encargadas, en sus ámbitos específicos de competencia, de velar por la observancia del ordenamiento jurídico. En México tenemos varios ejemplos. También habría que exigirles a sus titulares que hagan bien su trabajo y que no adopten posturas de comodidad burocrática y de inercias injustificadas en un momento tan delicado de la historia del país. Al final del día, la defensa del orden constitucional nos corresponde a todos.


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