El trabajo es lo que haces, no donde lo haces. El trabajo no es un lugar.
En julio de 2022 vence el plazo otorgado por la reforma del home office para que la Secretaría del Trabajo emita una Norma Oficial que regule los aspectos de seguridad y salud en el trabajo remoto. Las condiciones especiales de seguridad y salud para los trabajos desarrollados al amparo del teletrabajo deben establecerse por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en una Norma Oficial Mexicana, que deberá considerar los factores ergonómicos, psicosociales, y otros riesgos que pudieran causar efectos adversos para la vida, integridad física o salud de las personas trabajadoras que se desempeñen en la modalidad de teletrabajo.
La norma ya no tiene que estar regulando temas de la figura del teletrabajo, sino acotarse únicamente a temas de seguridad y salud. Aquí algunas propuestas que debe contener la NOM:
- Considerar el trayecto a la estación de trabajo y otro tipo de desplazamientos como levantarse para ir por agua o al sanitario.
- Especificar con claridad las características que debe cumplir una silla ergonómica.
- Definir los mecanismos que tendrán los patrones para inspeccionar que el teletrabajo se realiza en condiciones adecuadas.
- Reconocer que la flexibilidad puede desdibujar los horarios de trabajo fijos.
- Puntualizar los criterios que se tomarán en cuenta para calificar los riesgos de trabajo.
- Establecer las medidas que se implementarán para mitigar los riesgos.
- Contemplar guías de referencia que permitan identificar si las condiciones son óptimas para hacer home office.
*Jimena Sánchez, socia de la firma D&M Abogados.
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