Basada en el texto “Una historia de perros” de Leticia Bonifaz Alfonzo, publicado en el Universal el 9 de abril de 2022.
¿Puede una persona dejar su legado a un perro o a un gato? La respuesta es afirmativa.
Cuando de herencias y sucesiones se trata toda persona tiene el derecho de heredar a quien decida y así convenga a sus intereses; siempre y cuando el testamento surja dentro de la legalidad para que sus bienes sean repartidos.
Tal es el caso de Antonio Haghenbeck, un aristócrata mexicano descendiente de linaje español, quien decidió en su testamento que gran parte de su fortuna sería destinada al cuidado de perros y gatos.
Ahora cabe la pregunta, ¿pueden los familiares directos de un testador iniciar un juicio en el que se busque anular un testamento notariado? La respuesta también es afirmativa. Particularmente, este caso fue considerado como un precedente judicial interesante.
Cabe mencionar que dichos procesos de revisión pueden ser analizados y procesados sin tiempo determinado. En este caso, el juicio de validación del testamento tardó 8 años en emitir una resolución: el testamento fue declarado válido y la anulación del testamento improcedente.
Cuando no existe un testamento la herencia se dicta en cuestión del orden de sucesión hereditaria: hijos, padres, cónyuge, hermanos, sobrinos. Precisamente, para evitar malos entendidos y evitar que los bienes terminen en manos no deseadas la mejor prevención es realizar un testamento en tiempo y forma y de manera legal.
De esta manera, los familiares tienen que acatar las resoluciones emitidas por los jueces.
Quien en vida hereda, en vida decide.
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