Una vez que los científicos han logrado dar con un conjunto de vacunas para combatir al COVID-19, la humanidad ha entrado en una carrera contra el tiempo. Cada día que pase va a aumentar el número de personas vacunadas, protegiéndolas de los riesgos que trae consigo el coronavirus.
Los gobiernos tienen el enorme reto de proporcionarle a la población las mejores condiciones para lograr en el más corto plazo de tiempo posible la vacunación, de forma que se alcance la llamada “inmunidad de grupo” que cortará la cadena de contagios y podrá suponer, una vez que se logre, una disminución drástica de las personas afectadas por el virus.
La logística para conseguir y distribuir las vacunas no es nada sencilla. Lo mejor sería que tanto las dependencias públicas como las entidades privadas pudieran ofrecer el proceso de vacunación. El gobierno lo debe hacer de manera totalmente gratuita y los particulares lo podrían hacer obteniendo un beneficio que fuera susceptible incluso de generar impuestos para que con lo recaudado se pueda seguir comprando más vacunas para ofrecerlas a las personas de bajos recursos. No veo que nadie pierda de esa manera y podríamos multiplicar la velocidad de vacunación.
La idea de que el gobierno tenga el monopolio de la vacunación no es el ideal como ya lo ha reconocido el propio Presidente de la República. No solamente porque debe hacer frente a un proceso de refrigeración muy complejo para el cual no es seguro que las dependencias responsables estén bien equipadas (al menos la vacuna de Pfizer-Biontech requiere de unos menos 70 grados de temperatura), sino porque es indispensable sumar el mayor número posible de recursos humanos en la aplicación del esquema de doble dosis que van a requerir la mayoría de las vacunas. Hoy es más relevante que nunca darnos prisa y remar todos juntos para salir del enorme problema en el que estamos instalados.
Hay quienes dicen que al liberar la vacuna para que los particulares puedan administrarla, las personas con más poder adquisitivo tendrían ventaja. Ese argumento creo que no se sostiene ya que el precio de la vacuna es asequible incluso para la clase media mexicana (no alcanza los 800 pesos), pero además porque el virus no distingue entre ricos y pobres: afecta a todos por igual, de modo que cada persona vacunada (independientemente de su nivel económico) supone una protección para todos los demás.
Dentro de unas semanas la capacidad de producción de vacunas será muy alta. Los laboratorios están trabajando a plena capacidad para ofrecerlas al por mayor. No habrá excusa para limitar su importación y distribución.
La liberalización de la vacuna hablaría muy bien del gobierno federal, pues implicaría el reconocimiento y el respeto de la autonomía de cada persona: quienes quieran acudir a los hospitales privados y pagar, que lo puedan hacer; quienes decidan esperar a la disponibilidad de los hospitales públicos, que lo hagan de esa manera. Nadie pierde, todos ganamos. No le encuentro ningún problema a esa lógica elemental.
El verdadero problema va a ser esperar muchos meses a que desde el gobierno se alcance un número óptimo de personas vacunadas. Según algunos cálculos, vacunando a medio millón de personas diariamente, nos tardaríamos un año en alcanzar la “inmunidad de grupo”. Esa cifra no será nada fácil de alcanzar para un país tan grande y con capacidades logísticas tan limitadas como las que tiene México. Si la cifra fuera cercana a las 300 mil personas vacunadas diariamente, nos tardaríamos más de dos años en alcanzar el umbral requerido para derrotar al virus (pensando en el esquema actual de la aplicación de las dos dosis por persona). Durante los primeros días de vacunación se han puesto poco más de seis mil diarias, en virtud de múltiples problemas de coordinación y logística, lo que pone de manifiesto la necesidad de sumar todos los recursos disponibles para acelerar el proceso.
El tiempo apremia. Luego de tanto dolor, tanto sufrimiento, tanta angustia colectiva, la gente merece un voto de confianza, para que se pueda finalmente ver la luz al final del túnel. La economía no puede esperar dos años más. Los niños no pueden seguir sin clases durante otro año escolar. Las personas necesitan salir a trabajar a la brevedad posible. Las empresas están urgidas de retomar sus actividades. Las familias necesitan volver a reunirse y poder abrazarse. Por eso es que es indispensable que el gobierno autorice a los particulares esquemas de importación y suministro de las vacunas a la brevedad.
Todos estamos en el mismo barco. No debe haber distinciones entre mexicanos. El gobierno debe hacer su tarea, pero debe también reconocer que se requiere el apoyo de todos. Solamente trabajando juntos saldremos adelante.
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Queridas alumnas y queridos alumnos del Centro Carbonell:
Permítanme antes que nada dirigirme a quienes han sufrido de manera personal o en su entorno familiar afectaciones a la salud derivadas de la pandemia. Les deseo a Ustedes una pronta recuperación y que, en la medida de lo posible, consigan a la brevedad recuperar ese bien tan apreciado que es el bienestar físico y emocional.
Estamos llegando al final del que para muchas personas ha sido el año más difícil de sus vidas. Un año que sin duda alguna pasará a la historia de la humanidad y que nos tocó vivir de primera mano. El 2020 formará parte de los sucesos extraordinarios en el devenir de la humanidad, como lo han sido años tan emblemáticos como 1917, 1945, 1968, 1989, 1994 o 2001. Son años en los que lo extraordinario sucede y que se viven solamente una vez en la existencia de una generación. Ahora nos tocó a nosotros.
Millones de personas en el mundo han visto afectadas sus vidas por un virus al que no podemos ver, pero que trastoca nuestras existencias. Hemos intentado hacerle frente y derrotarlo, haciendo un gran esfuerzo para limitar nuestros contactos sociales y disminuir la cercanía con nuestros seres queridos. Se ha requerido mucha tenacidad, paciencia y responsabilidad.
En los meses anteriores ha cambiado nuestra percepción de muchas cosas que dábamos por hecho, quizá indebidamente. Hoy valoramos como nunca antes el poder respirar, el poder abrazar a nuestras familias, el poder salir a la calle sin miedo, el viajar, el ir a un restaurante, incluso el salir al parque para disfrutar del entorno natural. Son cosas que, una vez que se supere este estado de conmoción en el que estamos instalados, deberíamos seguir tomando en cuenta y apreciando de manera consciente.
Pero todo lo anterior seguramente ya lo saben y seguramente no hace falta que se los recuerde una vez más. Hemos tenido tiempo de sobra para aprenderlo, pensarlo y meditarlo hasta el agotamiento. Estoy cierto de que no habrá habido ni un día ni una noche en la que no hayan pensando en lo anterior y en el significado profundo de nuestra propia existencia, el lugar de nuestros afectos, el signo de nuestras vidas, la dirección de nuestros empeños, lo que queremos lograr y no hemos alcanzado, pero también lo mucho que tenemos y de lo que podemos legítimamente sentirnos orgullosos.
Y de eso trata precisamente esta ceremonia digital. Queremos celebrar la vida y la oportunidad que nos ofrece para estar juntos mientras permanecemos separados. Hoy festejamos a varios grupos de Maestría que han logrado llegar a la meta. 45 personas extraordinarias han terminado su programa académico de posgrado. Nos sentimos profundamente orgullosos de todas y todos Ustedes. Desde mi punto de vista, son ustedes un ejemplo a seguir por su laboriosidad, por su empeño, por su compromiso con el aprendizaje y porque no se rindieron a pesar de la dureza de las exigencias que pusimos frente a Ustedes.
No fue sencillo estar tomando horas y horas de clase mientras la pandemia acechaba a la vuelta de la esquina, mientras tal vez algún familiar o incluso Ustedes mismos estaban viendo afectada su salud o amenazada su vida por el coronavirus. El vendaval de contagios rugía con fuerza y sigue rugiendo, pero Ustedes no se rindieron. Superaron todas las pruebas, por difíciles que fueran. Pusieron atención a sus profesores y, en su gran mayoría, tuvieron el ánimo y el deseo de participar en clase, de mantener diálogos constructivos con sus profesores y con sus compañeros, demostrando una entereza personal y un compromiso académico admirables.
Para nosotros como Centro educativo no fueron tampoco meses fáciles. Aunque teníamos casi cuatro años de experiencia previa impartiendo clases en línea y desarrollando muchas actividades en entornos digitales, a partir de la segunda mitad del mes de marzo tuvimos que reinventarnos de la noche a la mañana. El cambio fue muy profundo y afectó a todas y cada una de nuestras áreas, desde que el 17 de marzo le comunicamos a nuestra gran comunidad académica que cerrábamos las instalaciones de la calle Nápoles número 39.
A partir de ese día hemos tenido la oportunidad de preguntarnos cuál es el sentido de este proyecto educativo. ¿Qué significa el Centro y cuál es su misión?
Hoy les puedo dar una respuesta sencilla y directa: nuestro significado, nuestra misión y nuestra razón de ser son ustedes. Cada vez que me tocaba preparar alguna clase hasta altas horas de la madrugada pensaba en alguno de Ustedes y mi cansancio desaparecía. Cada vez que nos preguntamos si valía la pena abrir un nuevo diplomado u ofrecer nuevos cursos en línea, el pensamiento de las decenas de alumnos que se han inscrito a nuestras anteriores convocatorias borraba cualquier duda.
Lo pensé cientos de veces y sigo convencido: mientras haya alguien que quiera aprender allí estaremos, siempre dispuestos a enseñar y a dar lo mejor de nosotros mismos en el proceso de crecimiento intelectual que resulta de cualquier empeño académico.
Hay muchas cosas que, si volteamos la mirada a los meses anteriores, nos duelen y nos molestan. Ninguna de ellas las podemos borrar, pero sí podemos darnos cuenta de quiénes somos y de todo lo que hemos logrado. Siendo los mismos, somos a la vez más fuertes, más sensibles y más humanos.
Somos la tenacidad de Héctor y de Marco Flavio que viajaron desde Poza Rica y desde Aguascalientes durante largas horas para poder tomar muy temprano sus clases, somos los apuntes perfectos e impecables de Fernanda, quien a la buena letra suma un compromiso indeclinable en los temas de género, somos la complicidad conyugal y el esfuerzo compartido de Karina y Ricardo quienes también venían a clases desde muy lejos y siempre lo hacían con una sonrisa y una disposición fabulosa para aprender, somos la juventud de Jaime, somos la responsabilidad y la capacidad de escuchar de Yuriri, pero también somos el talento y el liderazgo de nuestro equipo de trabajo en el Centro. Somos el empuje de Raúl, la atención de Karina, el seguimiento permanente de Montse, la amabilidad de Bety, la pulcritud de Mateo y de Fernanda y la capacidad organizativa de Mónica. Somos el enorme talento de nuestros profesores: Carla, José Luis, Linda, Erick, Jorge, Luis Felipe, Jaime Antonio, Arturo, Alfonso, Mauro y tantos otros que lo han hecho posible.
Para todos ellos y para todos Ustedes, gracias, mil gracias, un millón de gracias. Hoy celebramos no un final, sino una etapa más dentro de un proceso interminable de estudio. Somos estudiantes de derecho. Lo hemos sido, lo somos hoy y lo seguiremos siendo el día de mañana, el año que viene y siempre mientras sigamos con vida. Nuestro compromiso con la ciencia jurídica no termina nunca. No puede terminar. Queremos aprender y queremos seguir creciendo. Eso es también aquello que somos y que ninguna circunstancia adversa nos puede arrebatar.
2020 será recordado como el año en el que perdimos muchas cosas, pero también en el que ganamos en sabiduría, en afectos, en proyectos y en ilusiones. Ningún virus, ninguna pandemia, ninguna dificultad nos pudo derrotar.
Les expreso a todos los graduados y a sus familias nuestra más efusiva felicitación. Felicidades por haber llegado hasta aquí. Gracias por haber confiado en nosotros para sus estudios de posgrado. Hemos hecho el mayor de nuestros esfuerzos para estar a la altura de sus aspiraciones. Hemos podido enseñarles muchos temas jurídicos, pero ha sido mucho más lo que Ustedes nos han enseñado a nosotros sobre el valor de la amistad, sobre la fortaleza del carácter y sobre el significado del compromiso. Por todo ello, también, les doy las gracias a título personal y en nombre de todos los que trabajamos en el Centro.
Muchas felicidades, muy feliz Navidad para todas y todos y lo mejor para el año que está por comenzar.
Maestría en Amparo. Un plan de estudios enfocado a la práctica, la resolución de problemas, el análisis de casos reales y el desarrollo jurisprudencial de la figura del amparo, el objetivo de la Maestría es proporcionar a los alumnos de todos los conocimientos, herramientas y habilidades necesarias en materia de amparo para coadyuvar en su profesionalización, facilitando el acceso a nuevas oportunidades laborales y mejorando la calidad de la abogacía.
El juicio de amparo es el instrumento por excelencia de protección de los derechos humanos en México. Por el diseño estructural que tiene el amparo mexicano, afecta de manera directa al conjunto de las ramas del derecho, lo implica que todo abogado debe conocer a fondo el juicio de amparo, para ser excelente en su trabajo en cualquiera de las ramas sustantivas del ordenamiento jurídico mexicano.
Acto
Plazo
Fundamento
Plazo genérico para la presentación de la demanda de amparo.
15 días hábiles.
Artículos: 17 y 18 de la ley de amparo.
Amparo vs norma autoaplicativa o procedimiento de extradición.
30 días a partir de su entrada en vigor.
Artítulo: 17, fracción I y 18 de la ley de amparo.
Amparo vs sentencia definitiva condenatoria penal con pena de prisión.
Hasta 8 años.
Artítulo: 17, fracción II y 18 de la ley de amparo.
Amparo vs actos privativos de la propiedad, posesión o disfrute de derechos agrarios.
Será de 7 años.
Artítulo: 17, fracción III de la ley de amparo.
Amparo vs la privación de la vida, libertad personal, incomunicación, deportación, expulsión, destierro, desaparición forzada de personas y los prohibidos por el artículo 22 de la CPEUM.
En cualquier tiempo.
Artítulo: 17, fracción IV de la ley de amparo.
Recurso de revisión
Dentro del plazo de 10 días.
Artículo: 86 de la ley de amparo.
Revisión adhesiva
5 días contados a partir del día siguiente en que surta efectos la notificación de la admisión del recurso de revisión.
Artículo: 82 de la ley de amparo.
Revisión de queja
5 días,excepto: 1. Cuando se trate de suspensión de plano o provisional = 2 días hábiles. 2. Cuando se omita tramitar la demanda de amparo = cualquier tiempo.
Artículo: 98 de la ley de amparo.
Recurso de reclamación
3 días siguientes que surta efectos la resolución impugnada.
Artículo: 104 de la ley de amparo.
Recurso de inconformidad
15 días contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación.
Artículo: 202 de la ley de amparo.
Presentar informe justificado en amparo indirecto
15 días
Artículo: 117 de la ley de amparo.
Presentación de pruebas en amparo indirecto.
Deberán presentarse a más tardar 5 días hábiles antes de la audiencia constitucional.
Artículo: 119 de la ley de amparo.
Presentar informe previo en amparo indirecto.
Dentro del plazo de 48 horas siguientes a la notificación.
Artículo: 138, fracción III de la ley de amparo.
Presentar informe justificado en amparo directo
5 días contados a partir del siguiente al de presentación de la demanda.
Artículo: 178 de la ley de amparo.
Alegatos o amparo adhesivo en amparo directo.
15 días a partir de la notificación de la admisión de la demanda.
Artículo: 181 de la ley de amparo.
Surte efectos la notificación
Los plazos corren a partir del día siguiente en que surta efectos la notificación. Surte efectos la notificación desde el día siguiente al de la notificación.
Artículos: 18, 22 y 31 fracción II de la ley de amparo.
Cuando a partir del mes de marzo pasado se comenzaron a sentir los devastadores efectos de la pandemia en México, los tribunales federales y locales tomaron la muy sensata decisión de cerrar sus puertas y dejar abiertos unos servicios mínimos indispensables que pudieran atender solamente los casos urgentes. Han pasado muchos meses desde entonces y terminamos el año con una situación que no parece haber mejorado demasiado: al menos en la Ciudad de México, los tribunales se fueron al receso decembrino de forma anticipada y no se sabe en qué condiciones regresarán a sus labores en enero.
En todo este tiempo, hemos dejado pasar una gran oportunidad para modernizar de manera urgente el servicio público de administración de justicia. Desde marzo se advirtió que la justicia no se podía ni debía detener de manera prolongada, porque los conflictos sociales tenían que ser atendidos sin demora. Pero fue relativamente poco lo que se hizo y ese poco además no siempre dio buenos resultados.
Sería óptimo que en el 2021 hubiera un liderazgo unificado en materia de justicia para delinear el rumbo de las reformas posibles y las deseables, de forma que podamos arrancar el año con mejores perspectivas. El mejoramiento de la justicia mexicana requiere al menos lo siguiente:
1. Un uso intensivo de las nuevas tecnologías, a fin de poder llevar a cabo el desahogo de actuaciones judiciales respetando la “sana distancia social” y sin que se ponga en riesgo la vida y la salud de las miles de personas que trabajan en el ámbito de la justicia. Esa meta requiere de fuertes inversiones en capacidades tecnológicas y una capacitación más moderna para los operadores jurídicos, pero el principal requisito para su éxito consiste en un cambio de mentalidad: debemos dejar atrás el paradigma de que todo debe constar en papel impreso y de que la presencialidad de los interesados es indispensable para poder impartir justicia; ninguna de estas dos cosas es cierta.
2. Nuevas vías de acceso a la justicia para los grupos sociales más desaventajados. Hay que decirlo con todas sus letras: en México llevar asuntos antes la justicia es cara y se encuentra fuera del alcance de millones de familias que no pueden pagar ese precio. Algunos colegas abogados, abusando de la ingenuidad, dirán que es falso que la justicia sea cara, ya que su servicio es gratuito por mandato constitucional. En realidad, todos sabemos que en la práctica ese objetivo es desmentido día tras día. Necesitamos una justicia más accesible y eso pasa a su vez por la cercanía geográfica de los tribunales, la desformalización de los procedimientos y un mucho más amplio servicio de defensoría pública.
3. Esa misma defensa pública gratuita, que hasta ahora en buena medida se ha concentrado en la atención de casos en materia penal, se debe extender a otras ramas del derecho. Los defensores públicos deben desahogar consultas en materia familiar, civil, mercantil e incluso en materias mucho más innovadoras como propiedad intelectual, protección de consumidores, competencia económica o comercio exterior. Lo ideal sería una defensoría pública que permitiera emprender litigios de interés público en todos esos temas, eligiendo de manera selectiva los casos que pudieran tener un mayor impacto positivo en las comunidades del país.
4. La justicia depende de dos partes al menos: los jueces y los abogados. No será mucho lo que se pueda hacer desde los tribunales, si los abogados no les llevan casos que estén bien planteados, que se apoyen en el material probatorio pertinente y que estén fundamentados en una excelente argumentación jurídica. Para ello necesitamos abogados mejor preparados, que cuenten con conocimientos actualizados, que dominen los procesos comunicativos de forma escrita y oral, que conozcan los precedentes judiciales aplicables a los casos que atienden, etcétera. La tarea pendiente para las escuelas y facultades de derecho del país es enorme. Hay algunas que con frecuencia repiten que son las mejores (o que lo fueron en el pasado, lo cual viene a ser un poco más acertado), pero lo cierto es que hay que demostrarlo en los hechos. Los discursos sobran; lo que necesita con urgencia el país son profesionales del derecho que tengan un desempeño de excelencia.
Algunos de los cambios anteriores requieren de una decidida acción legislativa. Otros pasan por el ajuste de los planes de estudio o por la actualización de los profesores. Todos requieren de presupuesto suficiente. Nadie dijo que sea una tarea fácil, pero nadie duda tampoco de que es un desafío impostergable.
El Senado de la República acaba de aprobar un conjunto de modificaciones a la Constitución mexicana sobre el tema del Poder Judicial de la Federación. Se trata de la reforma más importante que en esta materia desde 1994.
La reforma plantea un conjunto de temas que todos los abogados deben conocer y que darán lugar a un mejoramiento de las tareas de la Suprema Corte, del Consejo de la Judicatura Federal y de algunos de sus órganos auxiliares.
Por ejemplo, la reforma aprobada por el Senado crea la nueva figura de los Tribunales Colegiados de Apelación, que van a sustituir a los Tribunales Unitarios de Circuito. Los nuevos tribunales serán integrados por tres magistrados, en aras a ofrecer una mayor certidumbre en las decisiones que tomen. Estos tribunales tienen la enorme tarea de desahogar los recursos de apelación en los procesos federales ordinarios.
Otro cambio relevante consiste en la creación de la figura del “precedente judicial”, a partir del cual la Suprema Corte emitirá criterios de observancia obligatoria para todos los tribunales del país sin necesidad de que sean reiterados. Bastará una sentencia de la Corte para que el criterio se haga obligatorio. Este cambio es seguramente uno de los que mayor impacto tendrá en la cultura jurídica nacional, pues permitirá unificar criterios de interpretación con mayor celeridad y teniendo en cuenta el contexto fáctico del que surge el criterio, cuestión que no se puede hacer a partir de las actuales “tesis” de jurisprudencia.
La reforma también propone mejorar el régimen constitucional de las controversias constitucionales, por ejemplo para que procedan en contra no solamente de actos de una autoridad que invadan o afecten las competencias de un órgano del Estado mexicano, sino que a partir de la reforma las controversias constitucionales se podrán plantear también por omisiones, es decir, por lo que las autoridades tendrían que hacer y no hacen. Es una buena noticia.
La reforma contiene algunos elementos que buscan fortalecer la carrera judicial y anuncia que será emitida una nueva ley en la materia. Esto es importante, ya que los jueces federales cuentan con un régimen de carrera que les permite ejercer su función de manera independiente y profesional. También en esto la reforma avanza por la ruta correcta.
La formación académica de los juzgadores, indispensable para que puedan hacer bien su trabajo, es un tema que igualmente aparece en la reforma, ya que se propone crear una Escuela Federal de Formación Judicial, la que tomará como punto de partida la experiencia del actual Instituto de la Judicatura Federal.
La reforma judicial aprobada por el Senado es una apuesta de cambio de la generación de juristas que ejerce hoy en día tareas judiciales y legislativas en el país. Hace más de 25 años fueron otros los que dieron los pasos necesarios para orientar a nuestra Suprema Corte hacia su papel de tribunal constitucional, crearon al Consejo de la Judicatura Federal y la figura de las acciones de inconstitucionalidad. Actualmente, otras personas, con la visión que les da el paso del tiempo y con la experiencia acumulada, siguen en la senda del mejoramiento de la justicia mexicana.
Hay quienes han señalado que la reforma se queda corta y que hay muchos temas adicionales que se deben analizar a la brevedad. Creo que son voces que merecen ser escuchadas. No se trata de una reforma definitiva. No será la última vez que se modifique el régimen constitucional de la impartición de justicia. Quedará muchísimo por hacer, tanto respecto al diseño orgánico y competencial de nuestros juzgadores federales, como sobre todo en torno a su funcionamiento práctico.
La justicia mexicana adolece de enormes problemas. No de ahora, sino desde hace mucho tiempo. Tenemos reformas recientes que, como la que ahora comentamos, aportan elementos de esperanza. Por ejemplo la reforma al sistema de justicia laboral, que tanta falta le hace al país y que ya está en curso de implementación. También tenemos las importantes reformas en materia de derechos humanos y del juicio de amparo, ambas de 2011, y aún antes de ellas, la reforma de la oralidad en materia penal del año 2008.
Se trata de esfuerzos sinceros para mejorar las cosas, aunque su puesta en práctica ha dejado profundas insatisfacciones. Por eso es que necesitamos seguir reformando, seguir mejorando y seguir invirtiendo tiempo y esfuerzo en la justicia mexicana. Hay mucho por hacer. Manos a la obra.
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La Maestría en Derecho Constitucional y Derechos Humanos te prepara para comprender los modelos constitucionales modernos y la situación de los derechos humanos en el siglo XXI. Identificarás los elementos fundamentales de temas como la interpretación constitucional, la argumentación jurídica, el derecho internacional de los derechos humanos, los medios de protección y garantía de los derechos y las bases del estado constitucional.
Diplomado en Argumentación Jurídica los alumnos desarrollarán capacidades argumentativas e interpretativas, logrando aplicarlas en su labor profesional al redactar demandas, promover recursos, llevar audiencias orales e interpretar derechos usando la ponderación y la proporcionalidad.
La refutación de un argumento consiste en mostrar mediante un contraargumento que la tesis defendida por nuestro contrincante está equivocada o es falsa.
Es importante ordenar nuestra refutación y presentarla adecuadamente, siguiendo una serie de pasos preestablecidos, de forma que ésta logre todo su efecto y brillantez:
Primer Paso: “Ustedes han dicho…”
Es importante que el público (y el jurado) sepa claramente contra qué idea de nuestro oponente vamos a lanzar la refutación. En una forma breve y concisa, debemos parafrasear lo dicho anteriormente por el equipo contrario, para lo cual se necesitan dos habilidades poco practicadas hoy día: saber escuchar y saber tomar notas de lo dicho durante el debate.
Segundo Paso: “Sin embargo…”
Una vez expuesta la tesis de nuestro contrario, debemos presentar en forma de titular nuestra refutación (es decir, nuestra contra-tesis o antítesis). En ella expresaremos el motivo por el que consideramos rechazable el argumento del contrincante: porque no ha demostrado nada, porque carece de pruebas, o bien lo que dice es irrelevante o incluso incoherente o contradictorio.
Tercer Paso: “Porque…”
Este es el momento de poner las cartas sobre la mesa, mostrar las razones que nos respaldan en nuestra crítica al adversario. Al fin y al cabo, una refutación es a su vez un argumento (un contra-argumento, diríamos mejor), por lo que debe ser igualmente respaldado en base a datos, ideas, valores o principios que se deben ser explícitamente comparados con los que presentó la otra parte, de forma que facilitemos al jurado y al público la tarea de comparar las credenciales de ambos bandos. Por eso, no sólo explicaremos el error de nuestro adversario, sino también la relevancia de dicho error para la cuestión o problema que nos ocupa.
Cuarto Paso: “Y, por tanto…”
Presentar la conclusión final de nuestro alegato, aunque pueda parecer repetitivo o innecesario por darse por sobreentendido, es sin embargo un recurso útil para confirmar al público y al jurado que somos nosotros quienes llevamos razón (es lo que metafóricamente suele afirmarse como «rematar la faena»). En dicha conclusión, volvemos a presentar la tesis original de nuestro adversario poniendo el énfasis en su debilidad o defecto (o resaltando por el contrario la superioridad de nuestra postura).
En México existen pocos libros que aborden el tema de la técnica legislativa, pero son todavía menos los que abordan el estudio más amplio de lo que se ha llamado la “regulación” en un sentido amplio.
La regulación es un ámbito de análisis que se ha desarrollado en los últimos 40 años, desde distintos sectores de las ciencias sociales (aunque hay antecedentes remotos en la Inglaterra de los Tudores y de los Estuardos, así como en Estados Unidos hacia finales del siglo XIX). En su estudio y análisis han participado economistas, politólogos, sociólogos, historiadores, especialistas en administración pública y, desde luego, abogados.
La regulación es un campo de análisis relativo a los mandatos jurídicos para normar la conducta de las personas, por medio de actuaciones deliberadas de los órganos públicos, con el fin de influir en el desarrollo de las actividades económicas y las demás conductas sociales. Por ejemplo, pensemos en la regulación de las actividades bancarias, del sector de la construcción de viviendas, de la forma en la que trabajan los hospitales, de la forma en que se tiene que informan a los ciudadanos sobre la calidad de los alimentos de consumen y un largo etcétera.
Uno de los puntos más discutidos en el tema de la regulación es el ámbito que puede abarcar y en la forma en la que se puede justificar que se limite la libertad de las personas. Lo anterior es relevante porque en las sociedades desarrolladas de nuestro tiempo se debe proteger la intimidad y la vida privada de las personas.
La manera en la que la regulación contemporánea de la conducta se lleva a cabo puede dividirse en dos, considerando una aproximación general a la que se le pueden añadir muchos matices y subespecies. Por un lado, se pueden tomar medidas para prohibir ciertas acciones que se consideran violatorias de valores socialmente compartidos (generando lo que algunos analistas del tema han denominado un “sistema de luz roja”); por otra parte, se pueden considerar regulaciones que alienten aquellas conductas que son socialmente deseables, para efecto de que quienes las realicen se vean recompensados o reciban algún beneficio (es lo que se ha llamado un “sistema de luz verde”).
La regulación ha alcanzado entre sus destinatarios no solamente a las organizaciones privadas y a los ciudadanos en lo individual, sino también a los organismos gubernamentales. Dentro del aparato estatal se han multiplicado las regulaciones financieras respecto al ejercicio del gasto público, las actividades de control administrativo, las mediciones de la calidad de los servicios que se prestan a la ciudadanía e incluso la ética con la que trabajan los funcionarios.
Todo eso se ha llevado a cabo, en buena medida, a través del establecimiento de un conjunto de órganos administrativos cuyos integrantes suelen tener perfiles técnicos que alto nivel, por su especialización en determinados campos. Es el caso de la regulación de las telecomunicaciones, financiera, de infraestructuras, tecnológica, medioambiental, etcétera.
La regulación es indispensable siempre que se presenten las llamadas “fallas del mercado”, las cuales se producen cuando por alguna razón se impide la libre competencia entre actores económicos o cuando dichos actores tienen ventajas por desempeñarse en ámbito monopólicos u oligopólicos. En ese caso la regulación debe ser tal que permita maximizar la participación de los actores interesados en competir en determinados mercados, protegiendo los derechos de los usuarios y maximizando el acceso universal a bienes relevantes.
Pensemos por ejemplo en aquellos mercados en los que se requieren de ciertas redes para poder operar, como lo es el relativo a las telecomunicaciones. En ese caso, si una empresa es la única dueña de la infraestructura de red que permite transmitir señales de comunicación, podría impedir que las demás empresas pudieran ofrecer sus servicios. O podría cobrar un precio excesivo por usar dicha red a las demás empresas, haciendo de hecho imposible que existiera competencia. En ese caso los que suelen salir perjudicados son los consumidores, ya que reciben con frecuencia servicios de escasa calidad a precios altos.
En México tenemos ejemplos abundantes de sectores en los que una deficiente regulación ha generado durante décadas un perjuicio notable para los usuarios; me refiero a temas que van desde el transporte que se toma al llegar a un aeropuerto, hasta sectores como la producción de masa para hacer tortilla o de producción de cemento, entre muchos otros.
El problema es tan grave que en México se han creado órganos especializados en generar condiciones de mayor competencia o que son competentes para supervisar que la regulación de ciertos sectores en efecto se cumpla. Ahí están, por citar dos casos de sobra conocidos, la Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (ambos órganos, por cierto, tienen rango constitucional en México; para encontrar un detenido análisis de las facultades de ese tipo de órganos y su regulación con los poderes tradicionales que también establece la Constitución mexicana, recomiendo revisar las sentencias de la Suprema Corte dictadas para resolver la Controversia Constitucional 117/2014 y el Amparo en Revisión 1100/2015). Además, tenemos otros ejemplos como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en la esfera ya no constitucional sino legal, con funciones administrativas de supervisión sobre el sistema financiero.
La regulación está tan presente en nuestro sistema jurídico, que se ha constitucionalizado la llamada “mejora regulatoria” en el último párrafo del artículo 25 de nuestra Carta Magna. Además, la jurisprudencia de nuestros tribunales federales ha sostenido que de acuerdo con algunas reformas recientes de nuestro marco constitucional, se ha generado un nuevo paradigma llamado “Estado regulador”, que nos invita a repensar algunos principios clásicos como el de división de poderes o temas tan antiguos como el de las fuentes del derecho. Sobre ese nuevo paradigma del “Estado regulador” existen estos interesantes criterios jurisprudenciales como los dos siguientes:
Época: Décima Época
Registro: 2007408
Instancia: Primera Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Libro 10, Septiembre de 2014, Tomo I
Materia(s): Constitucional
Tesis: 1a. CCCXVII/2014 (10a.)
Página: 574
ESTADO REGULADOR. PARÁMETRO CONSTITUCIONAL PARA DETERMINAR LA VALIDEZ DE SUS SANCIONES.
Existe un ámbito en donde el Estado vigila la desviación de la conducta prescrita jurídicamente no sólo en su calidad de Estado policía o vigilante, sino en su papel de Estado regulador, esto es, en ejercicio de su facultad constitucional de planificación de actividades económicas, sociales y culturales, para la realización de ciertos fines, que no podrían cumplirse si se dejaran al libre intercambio de las personas, a quienes, por tanto, no se les concibe como sujetos pasivos de una potestad coactiva, sino como sujetos participantes y activos de un cierto sector o mercado regulado. Así, esta nota planificadora o reguladora ha marcado el tránsito de un modelo de estado de derecho, en donde el Estado tenía una función subsidiaria y secundaria para intervenir en caso de una ruptura del orden público, al estado social de derecho, en donde el Estado tiene una función central de rectoría económica, cuyo fundamento se encuentra conjunta y principalmente en los artículos 25 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ahora bien, debe destacarse que las sanciones impuestas en este sector presuponen un contexto diferenciado, en el que los particulares se ubican como sujetos activos y participantes de ciertos mercados, o como prestadores de un servicio concesionado o permisionarios para la explotación de un bien público, por lo que su conducta está regulada por normas, que si bien tienen como marco una ley que establece las líneas regulativas principales, también se integra por una pluralidad de instrumentos normativos, como son reglamentos, normas oficiales mexicanas u otras de naturaleza administrativa, que son requeridas por la regulación especializada técnica y flexible para la realización de ciertos fines de políticas públicas, establecidos en la Constitución o en las leyes las que, en contrapartida, se han de desarrollar por órganos administrativos igualmente especializados y técnicos. De ahí que el modelo de Estado regulador supone un compromiso entre principios: el de legalidad, el cual requiere que la fuente legislativa, con legitimidad democrática, sea la sede de las decisiones públicas desde donde se realice la rectoría económica del Estado, y los principios de eficiencia y planificación que requieren que los órganos expertos y técnicos sean los que conduzcan esos principios de política pública a una realización óptima, mediante la emisión de normas operativas que no podrían haberse previsto por el legislador, o bien, estarían en un riesgo constante de quedar obsoletas, pues los cambios en los sectores tecnificados obligaría a una adaptación incesante poco propicia para el proceso legislativo y más apropiado para los procedimientos administrativos.
Época: Décima Época
Registro: 2010881
Instancia: Pleno
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Libro 26, Enero de 2016, Tomo I
Materia(s): Constitucional
Tesis: P./J. 46/2015 (10a.)
Página: 339
ESTADO REGULADOR. EL MODELO CONSTITUCIONAL LO ADOPTA AL CREAR A ÓRGANOS AUTÓNOMOS EN EL ARTÍCULO 28 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
De la exposición de las razones del Constituyente Permanente en relación con la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013, se observa que el modelo constitucional adopta en su artículo 28 la concepción del Estado Regulador, entendido como el modelo de diseño estatal insertado para atender necesidades muy específicas de la sociedad postindustrial (suscitadas por el funcionamiento de mercados complejos), mediante la creación de ciertas agencias independientes -de los órganos políticos y de los entes regulados- para depositar en éstas la regulación de ciertas cuestiones especializadas sobre la base de disciplinas o racionalidades técnicas. Este modelo de Estado Regulador, por regla general, exige la convivencia de dos fines: la existencia eficiente de mercados, al mismo tiempo que la consecución de condiciones equitativas que permitan el disfrute más amplio de todo el catálogo de derechos humanos con jerarquía constitucional. Ahora, la idea básica del Estado Regulador, busca preservar el principio de división de poderes y la cláusula democrática e innovar en la ingeniería constitucional para insertar en órganos autónomos competencias cuasi legislativas, cuasi jurisdiccionales y cuasi ejecutivas suficientes para regular ciertos sectores especializados de interés nacional; de ahí que a estos órganos se les otorguen funciones regulatorias diferenciadas de las legislativas, propias del Congreso de la Unión, y de las reglamentarias, concedidas al Ejecutivo a través del artículo 89, fracción I, constitucional. Este diseño descansa en la premisa de que esos órganos, por su autonomía y aptitud técnica, son aptos para producir normas en contextos de diálogos técnicos, de difícil acceso para el proceso legislativo, a las que puede dar seguimiento a corto plazo para adaptarlas cuando así se requiera, las cuales constituyen reglas indispensables para lograr que ciertos mercados y sectores alcancen resultados óptimos irrealizables bajo la ley de la oferta y la demanda. Pues bien, al introducirse el modelo de Estado Regulador en la Constitución, se apuntala un nuevo parámetro de control para evaluar la validez de los actos y normas de los órganos constitucionales autónomos, quienes tienen el encargo institucional de regular técnicamente ciertos mercados o sectores de manera independiente únicamente por referencia a racionalidades técnicas especializadas, al gozar de una nómina propia de facultades regulatorias, cuyo fundamento ya no se encuentra en la ley ni se condiciona a lo que dispongan los Poderes clásicos.
Como puede apreciarse, se trata de un modelo novedoso, que nos sugiere la pertinencia de ajustar algunos de nuestros enfoques tradicionales, conjugando distintos ámbitos de las ciencias sociales. En todo caso, para quienes consideramos que el derecho es una herramienta esencial para alcanzar una convivencia civil pacífica, la regulación adecuada de los mercados, las instituciones y los individuos es un objeto de análisis insoslayable sobre el cual debemos profundizar en México.
Para abundar en estos temas recomiendo las dos siguientes obras:
Balwin, Robert y otros, The Oxford Handbook of Regulation, Oxford University Press, Oxford, 2010.
Balwin, Robert y otros, Understanding regulation. Theory, strategy and practice, 2a edición, Oxford University Press, Oxford, 2012.
El proceso electoral en Estados Unidos puso de nuevo el foco de atención en el papel de las redes sociales y su muy compleja relación con la democracia.
Twitter fue un campo de batalla de enorme intensidad en las campañas presidenciales norteamericanas, debido sobre todo al uso que le dio el Presidente Trump. La red social tuvo incluso que eliminar algunos de sus mensajes, debido a su contenido falso y a su potencial inflamatorio en el ánimo social. Pero hubo quienes sostuvieron que se trataba de una forma de censura, inaceptable para un país democrático que valora mucho la libertad de expresión.
La preocupación por el papel de las redes sociales tuvo otro momento álgido en la campaña presidencial del año 2016, por el uso intervencionista que algunos países les quisieron dar y que, según algunos análisis, en efecto pudo haber inclinado el resultado a favor del propio Donald Trump.
La polémica sobre el uso y abuso de las redes sociales no se limita al terreno político, si no que abarca también cuestiones sociales de la mayor relevancia En este mismo año 2020, Youtube identificó más de 200 mil videos con información falsa o al menos cuestionable sobre el COVID-19; Facebook tuvo que limitar cientos de grupos que promovían ideas en contra de la vacunación de niños, por no hablar incluso de la masiva violación de los derechos de autor que se hace a través de los espacios virtuales. Anteriormente, las redes han servido para transmitir incluso atentados terroristas en tiempo real y otras atrocidades innombrables. Quizá sea por eso que dos terceras partes de los ciudadanos en Estados Unidos considera que las redes sociales son dañinas.
Las empresas responsables del manejo de las redes tienen una enorme responsabilidad. Facebook puede ser una herramienta que aliente levantamientos sociales a favor de la democracia (como sucedió con la llamada Primavera Árabe), pero también puede promover el odio racial y alimentar viejas querellas étnicas (como los ataques contra la minoría musulmana en Myanmar).
Cualquiera que haya visto en Netflix el documental “El dilema de las redes sociales” debe estar muy preocupado por el impacto profundo que están causando las nuevas tecnologías en la conducta de las generaciones más jóvenes, afectando la autoestima y la autonomía personal de millones de niños alrededor del mundo. Las redes sociales pueden ser para algunos una tremenda cadena que les impida crecer y relacionarse con sus semejantes, aunque para otros pueden ser una herramienta de emancipación y un lugar para ampliar sus propios intereses vitales. Pero nadie puede negar la capacidad de manipulación de las empresas dueñas de las redes, que son grandes negocios y tienen que entregar buenas cuentas trimestrales a sus accionistas. Eso las lleva a actuar no en referencia al bienestar público, sino a sus propios beneficios económicos.
Desde el Congreso norteamericano, varios legisladores han estado insistiendo en la necesidad de regular a las empresas propietarias de las redes sociales. El Departamento de Justicia de los Estados Unidos acaba de lanzar una dura ofensiva judicial contra Google por temas de competencia económica desleal (parecida, en algunos aspectos, a lo que se intentó contra Microsoft en los años 90 del siglo pasado). Desde el ámbito académico ya se habían sugerido desde hace años algunas obligaciones de “servicio público” de las redes por especialistas como Cass Sunstein, a quien preocupa la enorme polarización política y social que generan las redes (de la cual México es una víctima más, como resultado de la enorme irresponsabilidad de algunos políticos que a diario calientan el ánimo social y dividen a los ciudadanos, en vez de servir como factor de unidad y concordia). Las empresas se están defendiendo de esos intentos con base en la libertad de expresión y están cabildeando con firmeza en contra de cualquier intento que no se limite a una “autorregulación”.
Mientras dicha regulación se logra, lo que tenemos en nuestras manos es la posibilidad de mejorar nuestro propio entorno digital. Actuemos en las redes sociales de manera civilizada, contrastemos la información, no difundamos teorías conspiracionistas, hablemos con nuestros hijos de los riesgos de las redes sociales, construyamos conversaciones respetuosas de los puntos de vista de los demás y cortemos de tajo a las personas que solamente usan las redes sociales para envenenar el ambiente. De nosotros depende.
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2) Cuida la atmósfera en la que se lleva a cabo la entrevista, a fin de que no sea un lugar extremadamente ruidoso, caluroso, etcétera. Si la entrevista es vía Zoom o de forma remota, cuidar la conexión a internet y que el fondo sea sobrio, sin distracciones visuales exageradas.
3) Escucha activamente. No solamente se trata de poner atención, sino de ir construyendo junto con el cliente el relato de su caso. Haz preguntas cuando lo consideres pertinente.
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